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Solicitud de ayudas a favor de la natalidad

No hay convocatorias abiertas actualmente

El procedimiento de ayudas a favor de la natalidad en el ayuntamiento de Boqueixón tiene por objeto:

  • Regular la convocatoria pública por parte del Ayuntamiento de Boqueixón para la tramitación y concesión de subvenciones destinadas al fomento de la natalidad en el Ayuntamiento en el año 2021.
  • Asimismo la finalidad es la concesión de ayudas a familias para sufragar parcialmente los cuestes derivados del nacimiento y/o acogimiento o adopción de niños/las empadronados en el Ayuntamiento de Boqueixon.
  • También esta ayuda económica tiene por objeto a ayuda al comercio local, por lo que el gasto de las familias teranno que efectuar en las empresas radicadas en el municipio de Boqueixón.
  • Se establecen 2 plazos de solicitud de la ayuda:
    • Para los/as nacidos/as, adoptados/as y acogidos/as entre el 01/01/2021 y la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de A Coruña, de 15 días naturales contados desde el día siguiente de la publicación del citado extracto.
    • Para los/as nacidos/as, adoptados/as y acogidos/as entre el día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOP de A Coruña y el 31 de diciembre de 2021, de 15 días naturales, contados desde el día siguiente del nacimiento, adopción o acogimiento.
  • Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado, anexo I, disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Boqueixón, , https://sede.boqueixon.com
  • Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento de Boqueixón, o cualquiera de los otros medios a los que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015 del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Para la presentación de las solicitudes electrónicas podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica.

  • Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al siguiente día hábil y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.

El plazo de presentación es desde el 1 de octubre de 2021 al 16 de enero de 2022 (ambos incluídos).

El plazo máximo de justificación es hasta el 15 de diciembre de 2021/20 de enero de 2022, según el caso (se realizará a través del procedimiento de Aportación de Documentación).

  • Solicitud (anexo I).
  • Documento Nacional de Identidad, NIE o pasaporte de todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad.
  • Copia del libro o libros de familia en que consten todas las hijas y hijos de la persona solicitante o certificación de nacimiento del registro civil de cada una de las hijas o hijos de la persona solicitante, para efectos de acreditar la fecha de nacimiento y el número de orden que ocupa la hija o hijo en la descendencia de la persona solicitante.
  • Copia de la resolución judicial o administrativa que declare la adopción o la guardia con fines adoptivos, de ser el caso.
  • Copia de la sentencia de nulidad, separación o divorcio o de la resolución judicial que establezca las medidas paterno-filiales de los hijos y hijas comunes en las uniones de hecho y/o del convenio regulador, de ser el caso.
  • Certificado de padrón y convivencia de la unidad familiar, expedido por el Ayuntamiento, donde figure la fecha de alta en el padrón de habitantes.
  • Certificado de la cuenta bancaria, del padre/madre o tutor/a del menor para lo cual se solicita la ayuda.
  • Declaración responsable de no estar incurso en supuesto de prohibición para ser persona beneficiaria de la ayuda.
  • Certificado de no tener deudas con las Administraciones Públicas con potestad tributaria y con la Seguridad Social.
  • Cualquier otro documento que el órgano tramitador considere necesario con el fin de poder hacer una correcta evaluación del expediente.
  • Compromiso de proceder a la devolución de la ayuda en el caso de dejar de cumplir alguno de los requisitos necesarios para ser beneficiarios de la misma o bien sea probado por parte del ayuntamiento que no se cumple algunos de los mencionados requisitos.
  • El ayuntamiento de Boqueixón comprobará de oficio que el solicitante se encuentra al corriente con la hacienda local, emitiéndose la tales efectos el correspondiente informe por parte de la tesorería municipal.
  • Certificado de discapacidad de un 33% o superior del niño/la (de ser el caso).

La documentación complementaria se acercará preferiblemente por vía electrónica.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar, de manera motivada, lo cotejo de las copias allegadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.

Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente se dispone de él.

La presentación de la solicitud comportará la autorización al órgano gestor para la comprobación automática de los datos que constan en ella ante los organismos o entidades correspondientes.
En caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Nombre: Solicitud de ayudas a favor de la natalidad.

Inicio del procedimiento: A instancia de parte.

Tipo de interesado: Persona física o jurídica.

Carácter silencio administrativo: Silencio positivo.

Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).

                                    Presencial.