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Licencia tenencia animales potencialmente peligrosos

Se presentará a titulo personal, y su obtención ha de ser previa a la adquisición de un animal calificado como potencialmente peligroso por la normativa de aplicación. En el caso de que el animal fuera calificado como potencialmente peligroso con posterioridad a su adquisición por razones de conducta, el dueño o la dueña dispone del plazo de un mes para ello desde el momento de dicha calificación.

La Licencia tendrá un periodo de validez de cinco años, pudiendo ser renovada por períodos sucesivos de idéntica duración mediante una nueva presentación de la documentación requerida y debidamente actualizada. Cualquier variación de los datos que figuran en la licencia, deberá ser comunicada por su titular en el plazo de quince días hábiles, contados desde la fecha en que dicha modificación se hubiera producido.

Preferentemente de forma telemática a través del botón "Iniciar trámite". Si la persona interesada no utiliza la vía telemática podrá descargarse el/los impreso/s desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán dicho/s impreso/s normalizado/s a presentar.

  • Certificado que acredite la situación sanitaria del animal potencialmente peligroso  expedido por los servicios sanitarios de la Comunidad Autónoma o veterinario colegiado.
  • Justificante de la solicitud de inscripción en el Registro Gallego de Identificación de Animales de Compañía (REGIAC).
  • Justificante de ingreso de la tasa por prestación de servicios especiales de expedición de licencia por tenencia de animales potencialmente peligrosos, en la cuenta bancaria del ayuntamiento.

En caso de que la solicitud no reúna los requisitos exigidos, el Ayuntamiento requerirá a lo interesado para que en un plazo de 10 días emende la falta o junte los documentos necesarios, con indicación de que se no lo hiciera, si tendrá por desestimada su petición archivándose sin más trámite.

Nombre: Licencia tenencia animales potencialmente peligrosos.

Inicio del procedimiento: A instancia de parte.

Tipo de interesado: Persona física.

Carácter silencio administrativo: Silencio negativo.

Plazo de resolución: 3 meses.

Recurso aplicable: Potestativo de reposición / Contencioso administrativo.

Tasas/impuestos: Consultar las ordenanzas fiscales del apartado de normativa.

Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).

                                  Presencial.