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Detalle trámite

Solicitud de tarjeta de armas

Toda persona que posea un arma de categoría 4ª, según dispone el Reglamento de armas, para poder llevarla y usarla deberá acompañarla de la tarjeta de armas.

La tarjeta será concedida y retirada, en su caso, por el Alcalde del municipio en el cual se encuentre avecindado o residiendo el solicitante.

Preferentemente de forma telemática a través del botón "Iniciar trámite". Si la persona interesada no utiliza la vía telemática podrá descargarse el/los impreso/s desde esta página o acudir al registro del Organismo, donde le facilitarán dicho/s impreso/s normalizado/s a presentar.

  • En caso de actuar en representación, copia de los documentos de identidad del representante y el solicitante, con la autorización escrita de ese último o copia del poder para representarlo (ver modelo). En el caso de presentación online, no es necesario aportar el documento de identidad del presentador (ni del interesado en el caso de utilizar un certificado electrónico de representación).
  • Certificado de aptitudes psicofísicas de la persona solicitante.
  • Fotocopia de la factura o albarán que acredite la propiedad y características del arma, indicando expresamente, marca, modelo, tipo, categoría, calibre y numero de serie (en caso de renovación sólo fotocopia da la tarjeta anterior).
  • Certificado de antecedentes penales. En el caso de que el/la solicitante sea un/a menor, el certificado se referirá al que ostente la patria potestad o tutela.

Nombre: Solicitud de tarjeta de armas.

Inicio del procedimiento: A instancia de parte.

Unidad gestora: Secretaria.

Plazo de tramitación: 1 mes.

Tipo de interesado: Persona física.

Tasas/impuestos: No aplica.

Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).

                                        Presencial.