Justificar
(on line)
Estas ayudas tienen por objeto la realización de actividades que complementen o suplan los servicios atribuidos a la competencia municipal o que, en general, contribuyan al fomento de los intereses del municipio.
Podrán acceder a la condición de beneficiarias las entidades sin ánimo de lucro que reúnan los siguientes requisitos:
Las solicitudes, en modelo oficial facilitado por el Ayuntamiento, y demás documentos se presentarán en la Sede electrónica del ayuntamiento de Boqueixón.
El plazo de presentación será del 19 de junio al 19 de julio.
El plazo de justificación de la subvención será cómo fecha límite el 15 de noviembre de 2024 excepto aquellas solicitudes cuyo objeto se realice necesariamente en el último trimestre del año en curso que podrán presentarla hasta 31 de enero de 2025.
Para la Justificación en caso de realizarlo a través de la sede electrónica, será por el trámite aportación de documentación.
Justificación, lugar y plazos de presentación
La persona o entidad beneficiaria estará obligada a justificar documentalmente el cumplimiento
de las condiciones impuestas y la aplicación de los fondos recibidos.
El importe a justificar será el total del proyecto o acción subvencionada. En caso de que la justificación presentada no alcance el 100% del proyecto adjudicado, la subvención se reducirá proporcionalmente.
El importe a imputar en la justificación será el total de la subvención concedida.
Documentación
A La instancia de presentación de la justificación de la subvención concedida se acercará junto con el Anexo 3, debidamente relacionada, a siguiente documentación:
Lugar y plazo presentación
Toda la documentación se presentará en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Boqueixón, dentro del plazo de justificación de la subvención y como fecha límite el 15 de noviembre de 2024 excepto aquellas solicitudes cuyo objeto se realice necesariamente en el último trimestre del año en curso que podrán presentarla hasta 31 de enero de 2025.
Nombre: Solicitud de ayudas a entidades sin ánimo de lucro para el año 2024.
Inicio del procedimiento: A Instancia de parte.
Tipo de interesado: Persona física o jurídica.
Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).